Condición de Prestación de Servicios Aéreos - HTG Express

Versión 25/03/2024

CONDICIONES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS AÉREOS Y MULTIMODALES

  1. Oferta sujeta a disponibilidad de la aerolínea.
  2. En el precio no está incluido el IVA.
    • a) El precio está basado en los pesos y medidas facilitados así como en las tarifas aéreas publicadas hoy.
    • b) Despacho de aduanas: Se facturará un 3% sobre el importe de las tasas y aranceles en caso de que el cliente solicite que HIRUTRANS GARRAIOAK S.L. adelante el pago de los mismos, con un mínimo de 30€ y un máximo de 120€
    • c) Peso volumétrico basado en el estándar de la industria, (factor 1:6)
    • d) No incluidos los impuestos y almacenajes a pagar en destino en caso de que fuera necesario y/o impuestos de importación o exportación
    • e) No incluidas las inspecciones adicionales en el caso de que las hubiera
    • f) El precio ofertado será válido durante el día de hoy (CET) tratándose de carga aérea convencional y durante 30 minutos si es un servicio «on board courrier», en ambos casos, salvo indicación expresa en lo contrario.
    • g) Las aceptaciones realizadas transcurridos los plazos indicados deberán ser ratificadas por HIRUTRANS GARRAIOAK S.L., de lo contrario, no surtirán efecto alguno.
    • h) Condiciones de pago: transferencia bancaria a 30 días, salvo que se trate del primer transporte que realice con nosotros.
  3. Se considerará que la prestación del servicio del transporte comienza cuando HIRUTRANS GARRAIOAK S.L. deba realizar cualquier movimiento que genere un coste con el fin de cumplir con el transporte contratado por el cliente.
  4. El precio del servicio tiene en cuenta el peso, dimensiones, volúmenes, número de bultos y direcciones indicadas por el Cliente. Las consecuencias derivadas de una incorrecta comunicación de tales datos serán asumidas por el Cliente.
  5. Los tiempos de recogida y entrega establecidos pueden sufrir alteraciones por motivos de fuerza mayor ajenos a HIRUTRANS GARRAIOAK S.L., quedando exonerada de responsabilidad en tales casos.
  6. El Cliente debe indicar en su solicitud todos los requerimientos necesarios para la carga.
  7. El Cliente acepta que en el transporte contratado (i) puedan realizarse transbordos y almacenajes en caso de ser necesario y (ii) que el transporte pueda ser subcontratado.
  8. El Cliente es responsable de la suficiencia y veracidad de los datos suministrados y mantendrá indemne a HIRUTRANS GARRAIOAK S.L. frente a cualquier responsabilidad que pudiera exigírsele como consecuencia de la insuficiencia o inexactitud de la información facilitada.
  9. Con carácter general, HIRUTRANS GARRAIOAK S.L. informará al Cliente de la llegada del vehículo al lugar de carga y al de descarga y de la llegada de la mercancía al aeropuerto de salida y al de destino y, en la medida de lo posible, de las vicisitudes que puedan surgir en el desarrollo del servicio de transporte contratado.
  10. Transporte sometido a nuestras Condiciones Generales de Contratación disponibles en nuestra página web y subsidiariamente a la normativa de transporte aplicable (Transportes internacionales aéreos y multimodales: Convenio de Montreal, Convenio de Varsovia, Convenio CMR, según los casos; Transportes nacionales aéreos y multimodales, esto es, aquellos en los que el punto de carga y de descarga se encuentren dentro del mismo país y para lo que no esté regulado en la normativa mencionada: legislación española).
  11. Resolución de controversias y Ley aplicable: Para la resolución de las controversias que pudieran surgir en relación con el presente contrato de transporte, las partes acuerdan someterse a la jurisdicción de los Tribunales Españoles y en concreto a la tutela de los Juzgados y Tribunales de Donostia San Sebastián. La Ley aplicable será la española y los tratados internacionales que formen parte del ordenamiento jurídico español.
  12. Naturaleza y Valor de las Mercancías

    12.1.La mercancía transportada debe ser mercancía del comercio en general y debe estar debidamente embalada, estibada y acondicionada de acuerdo con su naturaleza y para su transporte seguro, siendo responsabilidad exclusiva del Cargador la adecuada realización de dichas operaciones.

    12.2.  La indicación del valor de las mercancías por parte del Cliente no implica el aumento del límite de responsabilidad del transportista fijado por la normativa vigente, salvo que las partes acuerden expresamente y por escrito lo contrario. Tampoco puede considerarse como una declaración especial de valor, considerándose como tal únicamente la que cumpla estrictamente con lo previsto en la referida normativa.

    12.3.  Como regla general, se EXCLUYE el transporte de las siguientes mercancías que conforman la lista de mercancías EXCLUIDAS:
    Armamento , materiales, repuestos, equipos militares y/o doble uso; Mercancías que sean objeto de comercio o transporte ilegal, prohibido o clandestino; Oro, plata y demás metales preciosos; Billetes de banco, títulos al portador, documentos y cupones de valores mobiliarios; Alhajas y artículos de joyería, de metales finos; Piedras preciosas y perlas verdaderas; Orfebrería de metales finos: Objetos de arte, antiguos o raros cuyo valor fuera convenido; Encajes de hilo, bordados o tejidos con metales finos y blondas legítimas de seda; Colecciones de cualquier tipo; Animales, árboles, plantas y flores; Mercancías peligrosas (IMO); Mercancías Explosivas; Mercancías Radioactivas; Mudanzas y Efectos personales; Vehículos, plataformas elevadoras o cualquier otro medio de transporte; Tabaco; Lotería o quinielas premiadas; Mercancías que contengan restos de combustible en su depósito; Mercancías con aceites en su interior; Sangre, Plasma y Fluidos corporales; Material biológico; Mercancía perecedera. Vacunas y/o tratamientos para Covid-19.

    Si el Cliente desea transportar alguna de las mercancías EXCLUIDAS indicadas en la lista anterior, deberá comunicarlo expresamente y por escrito a HIRUTRANS GARRAIOAK S.L. ANTES del comienzo de la prestación del servicio (según la cláusula 4). En tal caso, HIRUTRANS GARRAIOAK S.L. estudiará la posibilidad de prestar el servicio pudiendo llegar a rechazarlo sin que por ello deba abonar gasto o indemnización alguna al Cliente.
    En caso de que el Cliente no realice dicha comunicación en el tiempo y forma descritos, se presume que la mercancía transportada no es una de las mercancías EXCLUIDAS en la lista anterior.
    Si la comunicación por parte del Cliente se produce una vez que la prestación del servicio ha comenzado (según la cláusula 4), el Cliente será el único responsable de los daños, pérdidas y/o retrasos relacionados con dicha mercancía, que pudieran afectar al mismo, a HIRUTRANS GARRAIOAK S.L. y/o a terceros quedando HIRUTRANS GARRAIOAK S.L. totalmente exonerada de cualquier responsabilidad relacionada con la citada mercancía.

    12.4. Se consideran Mercancías ESPECIALES las siguientes: Mercancía a temperatura controlada; Mercancía averiada; Mercancía devuelta a origen. Se consideran Mercancías LIMITADAS las siguientes: Ordenadores, telefonía móvil( teléfonos móviles, tablets y Smart-wacht) y muestrarios comerciales.
    Si la mercancía a transportar es ESPECIAL o LIMITADA según las listas anteriores según la lista anterior, el Cliente deberá comunicarlo expresamente a HIRUTRANS GARRAIOAK S.L. ANTES del comienzo de la prestación del servicio. El Cliente asumirá los eventuales gastos que se deriven del incumplimiento de lo anterior.

    12.5.   La mercancía que cumpla con todo lo dispuesto en los apartados anteriores se considerará “OK to transport”. HIRUTRANS GARRAIOAK S.L. exige que la mercancía transportada sea “OK to transport” y sólo responderá, en su caso, del daño a la mercancía, del daño causado por ésta a terceros y de los demás supuestos previstos en la normativa vigente, cuando sea “OK to transport”.
    Con la contratación del servicio de transporte con HIRUTRANS GARRAIOAK S.L., salvo que exista manifestación expresa y por escrito en contrario -realizada por el Cliente de forma fehaciente ANTES del comienzo del servicio de transporte correspondiente-, (según la cláusula 2.i) se presume que la mercancía transportada en el porte contratado es “OK to transport”.

  13. Las presentes condiciones de prestación de servicios no son aplicables al servicio Chárter.

    Este documento resume los términos y condiciones en que van a realizarse los transportes contratados por el Cliente con HIRUTRANS GARRAIOAK S.L.. Salvo manifestación en contra -expresa y por escrito- realizada con suficiente antelación al comienzo de los servicios de transporte (según la cláusula 4), se considerará que el Cliente acepta íntegramente las presentes Condiciones de Prestación de Servicios y las Condiciones Generales de Contratación.